El plazo de la regularización cerró el 30 de junio de 2026. ¿Presentaste? Te acompañamos hasta la resolución. ·  Comprueba qué puedes hacer ahora →
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Julio 2026 · plazo de la regularización cerrado

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El plazo de la regularización extraordinaria cerró el 30 de junio. Lo hayas presentado o no, hay un camino para tu caso. Te decimos cuál, sin compromiso.

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  1. Presentada antes del 30 jun

    Presenté mi solicitud de la Regularización 2026 y espero respuesta — o me llegó un requerimiento o una denegación.

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    Regularización 2026

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  2. Sin plazo · vía permanente

    No llegué a presentar, pero llevo más de 2 años en España de forma continuada y puedo acreditarlo.

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    Social

    2 años + informe de integración + medios económicos · sin contrato obligatorio

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  3. Sin plazo · vía rápida

    Tengo un hijo menor español o de la UE a mi cargo, o cuido de una persona con discapacidad española o comunitaria.

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    Familiar

    Sin tiempo mínimo de permanencia · autorización de 5 años

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Atendido personalmente por Luis Pastor Zurita Graduado Social — Especialista en Derecho de Extranjería
Despacho · Córdoba Av. de Manolete, 10, Local A29 14005 Córdoba · atención online en toda España Sin desplazarte si vives lejos — firma digital aceptada.

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1 – 3 semanas
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Presentación

Preparamos el expediente y lo presentamos en la Oficina de Extranjería antes del plazo.

Antes del 30 jun
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Seguimos tu expediente y te avisamos de cada novedad hasta obtener la resolución.

3 – 6 meses resolución

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Regularización, arraigo, renovaciones, reagrupación familiar y nacionalidad.

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Arraigo Social, Familiar y Laboral

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Reseñas de Google

★★★★★ 5,0 · 39 reseñas
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Leticia Ortiz
Hace 3 semanas
★★★★★

"Fui atendida por Luis y la experiencia fue bastante positiva. Me explicó con claridad todos los pasos que debía seguir y respondió a todas mis dudas con paciencia y amabilidad. Sin duda lo recomiendo para quien necesite atención rápida y clara."

María Castillo Muñoz
Hace 1 mes
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"Gracias a Migraría Extranjería por tanto. Sin ellos no hubiese sido posible nada. Muy agradecida, me mantuvieron informada en todo momento y me resolvieron todo."

Francisca Caballero
Hace 2 meses
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"Muy responsables una empresa muy buena yo estoy muy contenta con la ayuda de la empresa excelente servicio la recomiendo al 100."

Oliva Rodríguez Martín
Hace 2 semanas
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Fue una medida excepcional (RD 316/2026) que permitió a personas en situación irregular pedir un permiso de residencia y trabajo sin contrato ni los años del arraigo ordinario. Pudieron solicitarla quienes acreditaban permanencia en España antes del 1 de enero de 2026 y no tenían antecedentes penales. El plazo cerró el 30 de junio de 2026 y no se admiten solicitudes nuevas: si presentaste, tu expediente sigue su curso; si no llegaste a tiempo, hay vías de arraigo abiertas.
Los requisitos principales eran: permanencia en España antes del 1 de enero de 2026, no tener antecedentes penales en España ni en el país de origen, y no tener una prohibición de entrada activa. Un dato útil si ahora vas por arraigo: el tiempo como solicitante de asilo no computa como permanencia para el arraigo; lo que cuenta es la permanencia física acreditada. Consúltanos si tienes dudas sobre tu caso.
Se pedía: pasaporte en vigor, documentación que acreditara la presencia en España antes del 1 de enero de 2026 (empadronamiento, contratos, facturas, informes médicos, etc.), certificado de antecedentes penales del país de origen con Apostilla de La Haya y el formulario oficial. Si ya presentaste y te llega un requerimiento de subsanación, esa misma documentación es la que suele pedirse: en Migraria te decimos exactamente qué aportar y en qué plazo.
El plazo de presentación cerró el 30 de junio de 2026 y no hay prórroga. Si presentaste, tu expediente sigue vivo: la Administración tiene 3 meses para resolver y puede requerirte documentación (la subsanación presencial está abierta hasta el 30 de septiembre de 2026). Si te llega un requerimiento, contéstalo dentro del plazo que indica la notificación — típicamente 10-15 días; si no contestas, el expediente se archiva. Ojo: si pasan los 3 meses sin respuesta, el silencio es negativo — no significa concesión; conviene actuar (vigilar el cómputo y, si toca, recurrir), no esperar.
Trabajamos con precio cerrado desde el primer momento: lo que te decimos es lo que pagas, sin sorpresas ni costes ocultos. La primera consulta es siempre gratuita. Como el plazo de presentación ya cerró, ahora nuestros honorarios cubren el seguimiento del expediente, la respuesta a requerimientos y, si hace falta, los recursos frente a una denegación. Contáctanos y te enviamos presupuesto personalizado según tu caso.

La tasa de presentación de la regularización ya no aplica: el plazo cerró el 30 de junio de 2026. Si tu expediente termina en concesión, solo quedaría la tasa de la TIE, y te la detallamos en el presupuesto.
Los menores de edad incluidos en solicitudes presentadas dentro de plazo obtienen una autorización de residencia de 5 años, sin renovación durante ese periodo. Fue una de las grandes ventajas de esta regularización frente a otras vías.
Pudieron hacerlo quienes tenían la solicitud de asilo presentada antes del 1 de enero de 2026 (disposición específica del RD 316/2026). Si no presentaste dentro de plazo, ten en cuenta que el tiempo como solicitante de asilo no computa como permanencia para el arraigo. Consulta tu caso concreto con nosotros.
Una denegación no es el final. Puedes interponer un recurso de reposición ante la misma administración o un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales. En Migraria hemos conseguido revertir muchas denegaciones. Si te han denegado un permiso, consúltanos antes de rendirte.
Tu consulta es 100% confidencial. Como profesionales colegiados, estamos vinculados por el secreto profesional — es una obligación legal, no una opción. Nunca compartimos ningún dato de nuestros clientes con terceros ni con autoridades. Consultarnos no genera ningún tipo de registro ni consecuencia para ti. Puedes hablarnos de tu situación con total tranquilidad.
La Apostilla de La Haya es un sello oficial que certifica que un documento público emitido en un país es válido en otro. Para la regularización, necesitas que tu certificado de antecedentes penales del país de origen lleve este sello. Se obtiene a través de las autoridades del país que emite el documento (no en España). Muchos de nuestros clientes lo gestionan a través de un familiar, consulado o gestor local. Te explicamos exactamente cómo hacerlo para tu país concreto — no es tan complicado como suena.

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